CONVOCATORIA Programa de estímulo a la creación y al desarrollo artístico CDMX 2018 (PECDA CDMX)

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CONVOCATORIA Programa de estímulo a la creación y al desarrollo artístico CDMX 2018 (PECDA CDMX)

Convocatoria abierta hasta: 18 de septiembre del 2018
Convoca: Secretaría de Cultura Ciudad de México
País sede: México
Incentivos: Se otorgará un monto de hasta $120,000.00 (CIENTO VEINTE MIL PESOS 00/100) a cada uno de los proyectos seleccionados
Disciplina: Desarrollo Artístico y Desarrollo Cultura
Restricciones geográficas y otras: A las personas profesionales del arte, promotoras y gestoras de la cultura, originarias o residentes en la Ciudad de México

CONVOCATORIA Programa de estímulo a la creación y al desarrollo artístico CDMX 2018 (PECDA CDMX)

1.OBJETIVO

A las personas profesionales del arte, promotoras y gestoras de la cultura, originarias o residentes en la Ciudad de México, para que, de manera individual o grupal, presenten proyectos de desarrollo artístico o de desarrollo cultural que fomenten procesos participativos, con o para comunidades de la Ciudad de México (CDMX), con el fin de acceder a estímulos económicos para el desarrollo e instrumentación de los mismos en el transcurso de hasta un año, a partir de la entrega del recurso, dentro del Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico CDMX (PECDA CDMX).

2. PERIODO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

El periodo de envío y recepción será hasta el 18 de septiembre del 2018.

3. FINANCIACIÓN

Se otorgará un monto de hasta $120,000.00 (CIENTO VEINTE MIL PESOS 00/100) a cada uno de los proyectos seleccionados.

Página web: https://cultura.cdmx.gob.mx/storage/app/media/uploaded-files/PECDA_CDMX2018.pdf



CONVOCATORIA Programa de estímulo a la creación y al desarrollo artístico CDMX 2018 (PECDA CDMX)


1.FINALIDAD

A las personas profesionales del arte, promotoras y gestoras de la cultura, originarias o residentes en la Ciudad de México, para que, de manera individual o grupal, presenten proyectos de desarrollo artístico o de desarrollo cultural que fomenten procesos participativos, con o para comunidades de la Ciudad de México (CDMX), con el fin de acceder a estímulos económicos para el desarrollo e instrumentación de los mismos en el transcurso de hasta un año, a partir de la entrega del recurso, dentro del Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico CDMX (PECDA CDMX).

Objetivo general: Promover, a través de estímulos, la ejecución de proyectos de desarrollo artístico o de desarrollo cultural propuestos tanto por personas profesionales del arte como por promotoras y gestoras culturales, que fomenten procesos, relaciones, capacidades creativas y el ejercicio de los derechos culturales con o para comunidades de quienes habitan de la CDMX.

2. PERIODO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

El periodo de envío y recepción será hasta el 18 de septiembre del 2018.

3. FINANCIACIÓN

Se otorgará un monto de hasta $120,000.00 (CIENTO VEINTE MIL PESOS 00/100) a cada uno de los proyectos seleccionados.

4. REQUISITOS DE LAS PERSONAS SOLICITANTES

BASES GENERALES

1. El PECDA CDMX beneficiará proyectos de desarrollo artístico o desarrollo cultural en cualquiera de las disciplinas propuestas en la presente convocatoria, centrados en procesos participativos en todas o alguna de sus etapas de creación preproducción, producción y difusión y/o sistematización que fomenten procesos con o para la comunidad, vinculándose con interlocutores de alguna localidad de la CDMX.

2. Podrán participar todas las personas profesionales del arte, promotoras y gestoras de la cultura, de manera individual o grupal, que sean originarias o con residencia comprobable de al menos tres años en la CDMX. 9

3. Las personas participantes deberán ser mayores de dieciocho años a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

4. Las personas postulantes podrán presentar únicamente un proyecto en una categoría y elegir una disciplina, susceptible de realizarse durante el periodo de vigencia del estímulo.

5. En el caso de grupos, se deberá registrar a un miembro como responsable de la realización del proyecto ante la Comisión de Planeación del PECDA CDMX, mediante carta suscrita por las personas que lo integran.

6. La dictaminación de los proyectos será responsabilidad de la Comisión Técnica, conformada por especialistas de reconocido prestigio en cada disciplina y será designada por la Comisión de Planeación.

7. La asignación final de los estímulos económicos será realizada por la Comisión de Planeación del PECDA CDMX, de acuerdo con las dictaminaciones y sugerencias de la Comisión Técnica, su fallo será inapelable.

8. La ministración del estímulo económico a las personas beneficiarias será bimestral.

9. Los estímulos económicos del PECDA CDMX son limitados y la aceptación o rechazo de proyectos no prejuzga su valor e importancia.

10. El PECDA CDMX no financiará proyectos ni actividades que se encuentren en algún proceso activo de ejecución con fecha anterior a la publicación de resultados de esta Convocatoria.

11. Los proyectos deberán tener una duración de ejecución mínima de 4 meses y máxima de un año, una vez entregado el estímulo económico.

12. Cuando el proyecto lo requiera, las personas postulantes deberán contar con cartas de intención, así como con todos los permisos correspondientes, tales como derechos de quien tiene la autoría, autorización para el uso de espacios, registros fotográficos y/o videográficos en recintos, acceso a áreas naturales protegidas, etcétera.

13. Los proyectos presentados en lengua indígena podrán considerar la incorporación de mecanismos de traducción para el desarrollo del proyecto.

14. Cada proyecto postulante deberá completar los anexos de la convocatoria.

15. La Comisión de Planeación del PEDCA CDMX realizará una revisión administrativa con la finalidad de verificar que los documentos cargados en línea sean los correctos; en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos estipulados en la presente Convocatoria, el proyecto quedará descalificado, por lo que es responsabilidad de las personas postulantes realizar el registro adecuado de la información solicitada.

16. La Comisión de Planeación del PECDA CDMX asignará, según las necesidades del proyecto, a un tutor o tutora con la finalidad de dar acompañamiento al desarrollo del mismo; por lo que será requisito obligatorio para las personas que resulten beneficiarias asistir a las reuniones bimestrales de tutoría.

17. Las personas beneficiarias firmarán un convenio con la Secretaría de Cultura CDMX, en el que se precisarán las obligaciones de ambas partes referente al suministro del estímulo económico, al 10 desarrollo del proyecto, el proceso de tutoría, informes y reuniones, las actividades de Retribución Social y la participación en los procesos de capacitación.

18. Las personas que resulten beneficiarias del estímulo económico podrán acceder de forma voluntaria en las actividades de formación a las que convoque el PECDA CDMX y la Secretaría de Cultura de la CDMX para fortalecer su desarrollo.

19. En todos los casos, las personas que resulten beneficiarias conservarán los derechos de autor sobre su obra, comprometiéndose en caso de publicación o difusión del producto de su proyecto, a otorgar los créditos correspondientes al PECDA CDMX, a la Secretaría de Cultura CDMX y a la Secretaría de Cultura del Gobierno Federal.

20. Las personas beneficiarias deberán presentar, a la Secretaría de Cultura CDMX, informes bimestrales en línea de acuerdo al calendario establecido en el convenio, los cuales deberán contener anexos que ilustren los avances del proyecto realizado en el periodo que reportan, y asistir a las reuniones presenciales que se convoquen, las cuales oportunamente se les darán a conocer.

21. En caso de incumplimiento del proyecto, la Comisión de Planeación del PECDA CDMX podrá suspender temporalmente el estímulo económico, en tanto las personas beneficiarias no justifiquen su situación. De persistir esta falta, la Comisión de Planeación del PECDA CDMX está facultada para retirar el estímulo de manera definitiva y, en su caso, solicitar la devolución de los recursos que hayan sido entregados, a través de las instancias administrativas y jurídicas correspondientes.

22. En caso de haber sido persona beneficiaria en alguna emisión PECDA de alguna entidad federativa, deberá presentar copia de la Carta de Liberación de compromiso.

23. Cualquier petición de modificación al proyecto por parte de las personas beneficiarias, sólo podrá solicitarse durante el primer trimestre de la ejecución del mismo y deberá ser previamente presentada y autorizada por la Comisión de Planeación del PECDA CDMX.

24. La Secretaría de Cultura CDMX tendrá la facultad de proponer espacios de su propia infraestructura para el desarrollo de proyectos del PECDA CDMX que así lo requieran.

25. Los proyectos registrados en línea no seleccionados serán eliminados en su totalidad 30 días después de la publicación de resultados de la Convocatoria, junto con los archivos cargados en el sistema.

26. En ningún caso, las personas beneficiarias podrán solicitar un incremento al estímulo económico otorgado para la conclusión del proyecto.

27. Salvo casos excepcionales previamente presentados y autorizados por la Comisión de Planeación del PECDA CDMX, las personas beneficiarias no podrán solicitar una prórroga de tiempo para la conclusión del proyecto.

28. Las personas beneficiarias deberán cumplir con la Retribución Social, de acuerdo con los criterios incluidos en esta Convocatoria.

29. Los casos no previstos en esta convocatoria serán resueltos por la Comisión de Planeación del PECDA CDMX, quien será el ente facultado para la interpretación de la misma

Página web: https://cultura.cdmx.gob.mx/storage/app/media/uploaded-files/PECDA_CDMX2018.pdf


Equipo CirculoA
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Equipo editorial y de investigación de CÍRCULO A Información de Arte Contemporáneo en Iberoamérica

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