Convocatoria Bienal Internacional de Cerámica Vendrell, 2019, España

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Convocatoria Bienal Internacional de Cerámica Vendrell, 2019, España

Convocatoria Bienal Internacional de Cerámica Vendrell, 2019, España

Convocatoria abierta hasta:  12 de julio, 2019
Convoca:  Ayuntamiento Vendrell
País sede:  España
Incentivos: 
4.000 €; 2.500 € y 1,000 €
Restricciones: abierto a artistas de todo el mundo

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Bases de la Convocatoria de la Bienal Internacional de Cerámica Vendrell, 2019, España

La Bienal de Cerámica del Vendrell, que tiene como objetivo fomentar la creación y la difusión de la cerámica de todo el mundo, es un proyecto que dura dos años. En el primero se hace se realiza el concurso y una exposición con los seleccionados. En el segundo año, se da proyección a los tres ganadores con otra exposición y la edición de un catálogo de la obra de cada uno.

Artículo 1. Objeto de la convocatoria
Estas bases tienen como objetivo establecer las normas generales de la Bienal de Cerámica del Vendrell, destinada a fomentar la creación y difusión de la cerámica en el mundo.

Artículo 2. Participantes
La Bienal de Cerámica del Vendrell está abierta a todos los creadores, a partir de 18 años, que utilicen en la mayor parte de la obra técnicas cerámicas, los cuales podrán participar de forma individual o colectiva.

Las obras presentadas deben ser originales e inéditas. No se admitirán obras presentadas en otros concursos.

Cada uno de los participantes puede presentar un máximo de tres obras, de las que, en su caso, el jurado sólo podrá seleccionar una. Un conjunto de piezas se considera como una sola obra.

Artículo 3. Régimen general aplicable
El régimen general aplicable se regula según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; las Bases Generales de Subvenciones del Ayuntamiento de El Vendrell; el Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales; la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y la Ley 26/2010 de 3 de agosto de régimen jurídico y del procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Para todo lo no previsto en estas bases, se aplicará lo que establezca la normativa vigente.

La participación en esta Bienal supone la aceptación de las condiciones expuestas. Cualquier circunstancia no prevista en estas bases será resuelta por la organización y el jurado.

Artículo 4. Publicación de las bases de subvención
Estas bases, una vez aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de El Vendrell, se someten a información pública en el plazo de 20 días hábiles y se publican íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona (BOPT) y en el tablón de anuncios de la corporación. Se insertará una referencia de este anuncio en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC).

Artículo 5. Convocatoria
La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de El Vendrell aprobará la convocatoria y se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), regulada por el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el tablón de anuncios de la corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona (BOPT) y se insertará una referencia de este anuncio en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC).

Artículo 6. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar la solicitud de participación será a las 14 h del 12 de julio de 2019.

Artículo 7. Documentación a aportar

1) Rellenar el formulario que está en www.elvendrell.net/art/ceramica/biennal-deceramica

2) Enviar el documento de la solicitud y declaración responsable, segun modelo normalizado a la siguiente dirección:
X Bienal Internacional de Cerámica
Regidoria de Cultura
La Rambla, 24 43700 El Vendrell (Tarragona)

3) Enviar a art@elvendrell.net a art@elvendrell.net la siguiente documentación:
– Tres fotografías digitales en color de cada obra entera hechas desde ángulos diferentes y sobre un fondo neutro. Cada imagen estará identificada con su título, medidas y técnica.
– El currículum del autor.
– Un mínimo de 7 fotografías de obras enteras anteriores, para valorar mejor la trayectoria del ceramista.
– DNI o pasaporte

Artículo 8. Compensación de diferencias
Para las solicitudes presentadas de forma incompleta o errónea, se establece un plazo de 10 días hábiles, a partir del requerimiento de la Administración, para resolver las diferencias o adjuntar los documentos pertinentes. Una vez superado este plazo sin resolver el requerimiento, se declarará la solicitud desestimada.

Artículo 9. Aceptación
Los participantes de la Bienal deberán aceptar, de forma expresa, estas bases, mediante la firma del modelo normalizado de solicitud. Los destinatarios de los premios de la Bienal deberán aceptar también, de forma expresa, todo lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Artículo 10. Procedimiento de la selección
El jurado, compuesto por personas de reconocido prestigio vinculadas al mundo de la cerámica y del arte en general y un representante del Ayuntamiento de El Vendrell, escogerá un máximo de 20 obras. Aunque las obras hayan sido previamente seleccionadas en fotografía, el jurado se reserva el derecho de excluirlas de la exposición, en su caso.

Artículo 11. Las obras seleccionadas Las obras seleccionadas se entregarán del 16 al 20 de septiembre en la siguiente dirección:
Regidoria de Cultura
La Rambla, 24 43700 El Vendrell (Tarragona)
Tel.: 977 66 56 84
C/e.: artelvendrell@gmail.com

Con las obras seleccionadas se realizará una exposición y se editará un catálogo del año en curso.

Artículo 12. Obras seleccionadas
El envío y recogida de las obras corre a cargo de los participantes. Las obras deberán ser enviadas en cajas de madera, forradas interiormente, y perfectamente inmovilizadas. En la parte de fuera del embalaje debe haber la fotografía de la obra con el título y los datos postales. Si los embalajes no son adecuados, la organización no expondrá estas obras y las devolverá a los autores a portes debidos. Toda obra que llegue dañada no se expondrá. La organización no asumirá el coste de posibles piezas dañadas o rotas durante el transporte.

En caso de que las obras vengan de fuera de la Unión Europea, el artista deberá pagar los gastos de aduana. Los seleccionados aceptan la reproducción de sus obras y la citación de sus nombres en todos aquellos actos, medios de comunicación, soportes impresos y digitales o páginas web que los organizadores consideren oportunos, sin poder reclamar cantidad alguna en concepto de imagen.

Las obras no premiadas deberán ser recogidas del 18 al 22 de noviembre. Pasado este plazo, las obras quedarán en propiedad del Ayuntamiento de El Vendrell.

Artículo 13. Obras ganadoras
El jurado seleccionará las tres obras ganadoras, que pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento el Vendrell y a formar parte del Fondo de Arte Municipal.

El veredicto del jurado será inapelable y se hará público el día de la inauguración de la exposición de los seleccionados. La fecha de inauguración de la exposición será el viernes 4 de octubre, a les 20 h.

Los tres premiados se comprometen a enviar 6 obras más para la exposición conjunta del año siguiente ya estar presentes o enviar un representante al acto de inauguración de la exposición y entrega de premios, en el que el ganador deberá de presentar su obra.

Artículo 14. Los premios
Los premios, que están sometidos a las retenciones fiscales establecidas, son:
Primer premio 4.000 €
Segundo premio: 2.500 €
Tercer premio: 1.000 €
Los tres premiados recibirán 100 €, para asumir parte de los gastos en el transporte de las obras para la exposición del año siguiente.

Los premios y dietas que se regulan en las presentes bases se concederán hasta el agotamiento de la partida presupuestaria anual que se ha destinado a tal efecto.

Los premios serán contemplados de forma específica en el Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por el Ayuntamiento, en el año correspondiente a la Bienal de Cerámica.

El Jurado puede dejar desierto alguno de los premios, si así lo considera conveniente.

Artículo 15. Pago de los premios y dietas
El Ayuntamiento de El Vendrell hará efectivo el pago del premio y de las dietas a través de transferencia bancaria a la cuenta corriente del ganador/a.

Artículo 16. Obligaciones de los ganadores
Son obligaciones de los/las beneficiarios/as de estos premios y dietas, además de las especificadas en el artículo 14 de la LGS, las que a continuación se indican. Su incumplimiento originará las responsabilidades que en cada caso correspondan y la incoación del expediente de reintegro de la subvención.

Los tres premiados se comprometen a enviar 6 obras más para la exposición conjunta del año siguiente ya estar presentes o enviar un representante al acto de inauguración de la exposición y entrega de premios, en el que el ganador deberá de presentar su obra.

Los/las concursantes, en caso de ser ganadores/as y residentes en España, deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con el Ayuntamiento del Vendrell o dar autorización para escrito al Ayuntamiento de el Vendrell para obtener las certificaciones telemáticas correspondientes.

El incumplimiento de las anteriores obligaciones podrá ser motivo para revocar la concesión de la subvención.

Artículo 17. Régimen jurídico supletorio
En todo lo no previsto expresamente en estas bases son también de aplicación el RD 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación concordante.

Más infrmación:
Correo:
art@elvendrell.net
Página:  https://www.elvendrell.net/art/ceramica/biennal-de-ceramica

 



 

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